Trabajo en casas particulares: tus derechos
Ley 26.844, en simple.
Actualizado: septiembre de 2026 · Lectura: 5 minutos · Gratis, siempre
Si trabajás en una casa (limpieza, mantenimiento, cocina o cuidado no terapéutico de personas), te protege la Ley 26.844, sin importar cuántas horas trabajes.
Tus derechos básicos
- Registro: tu empleador/a te tiene que registrar en ARCA y darte un recibo de sueldo electrónico.
- ART: tiene que contratar un seguro por accidentes de trabajo. Qué hacer si te lastimás.
- Jornada: máximo 8 horas por día o 48 por semana.
- Descanso semanal: 35 horas seguidas desde el sábado a las 13.
- Horas extra: 50% más; 100% los sábados después de las 13, domingos y feriados.
- Aguinaldo: la mitad del mejor sueldo del semestre, en junio y diciembre.
- Vacaciones: de 14 a 35 días según tu antigüedad; te las avisan con 20 días.
- Licencias: por maternidad (90 días) y 2 días por nacimiento de un hijo/a.
- Período de prueba: 6 meses.
Dónde consultar o reclamar gratis
- Línea del Ministerio: 0800-666-4100 (opción 1 y luego 5).
- Cómo hacer un reclamo
- En la Ciudad de Buenos Aires hay un Tribunal especial para el personal de casas particulares.
Fuentes oficiales: Ley 26.844 (texto actualizado) · Casas particulares (argentina.gob.ar). Información general, no es asesoramiento legal.
Preguntas frecuentes
¿Qué derechos tengo si trabajo en una casa particular?
Registro y recibo, ART, jornada máxima de 8 horas, descanso semanal, horas extra, aguinaldo, vacaciones y licencias, según la Ley 26.844.
¿Dónde reclamo si trabajo en casas particulares?
Consultas gratis al 0800-666-4100 (opción 1 y luego 5) del Ministerio de Trabajo.
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