Tipos de contrato de trabajo (Argentina)
Qué te están ofreciendo, en simple. Con la ley vigente.
Actualizado: septiembre de 2026 · Lectura: 5 minutos · Gratis, siempre
Cuando te ofrecen un trabajo en relación de dependencia, el contrato puede ser de distintos tipos. Todos tienen que estar registrados desde el primer día.
🟢 Por tiempo indeterminado (el normal)
Es el contrato por defecto: si no se aclara otra cosa por escrito, el contrato es por tiempo indeterminado.
🧪 Período de prueba
- Los primeros 6 meses de un contrato por tiempo indeterminado. Un convenio colectivo lo puede extender a 8 meses (empresas de 6 a 100 trabajadores) o a 12 meses (hasta 5 trabajadores).
- Durante la prueba cualquiera de las partes puede terminar la relación sin indemnización.
- Igual tenés aportes, obra social, ART y el tiempo cuenta como antigüedad.
- Solo puede haber un período de prueba con el mismo empleador.
📅 A plazo fijo
- Tiene fecha de fin, tiene que estar por escrito y dura como máximo 5 años.
- Te tienen que avisar antes de que termine; si no, se transforma en contrato por tiempo indeterminado.
🏖️ De temporada
Para trabajos que se repiten solo en ciertas épocas del año. Antes de cada temporada, el empleador te tiene que convocar; si no lo hace, cuenta como despido. Trabajo de temporada.
⚡ Eventual
Para tareas extraordinarias o picos de trabajo puntuales. El empleador tiene que poder demostrar que el trabajo es realmente transitorio.
⏱️ A tiempo parcial
Trabajás menos horas que la jornada completa y cobrás en proporción. Con la Ley 27.802 (2026) cambiaron algunas reglas, por ejemplo sobre horas extra.
Fuentes oficiales: Ley de Contrato de Trabajo (texto actualizado) · Modalidades del contrato (argentina.gob.ar) · Boletín Oficial: Ley 27.802. Información general, no es asesoramiento legal.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dura el período de prueba en Argentina?
6 meses para contratos por tiempo indeterminado. Un convenio colectivo puede extenderlo a 8 o 12 meses según el tamaño de la empresa.
¿Me pueden despedir en el período de prueba?
Sí, cualquiera de las partes puede terminar la relación sin indemnización, pero tenés que estar registrado/a desde el primer día.
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